1. El medio natural hay que protegerlo tanto por nosotros como por nuestros descendientes.

  2. Proteger no significa necesariamente prohibir si no regular. Prohibir completamente una actividad lúdica por imposición de unos pocos pone al ciudadano ante la disyuntiva de obedecer la ley o seguir sus instintos de libertad.

  3. La regulación debe ser acorde con el interés general y no de una minoría exaltada.

  4. La regulación debe ser lo menos agresiva posible para el ciudadano. Querer regularlo todo implica no dejar parcelas de libertad necesarias para el desarrollo de la persona en uso de su sentido común. No todo problema se arregla con una ley.

  5. La regulación no puede ser excluyente de una parte de la sociedad en uso de un derecho fundamental recogido en la Constitución española: el derecho a circular libremente por el territorio y a disfrutar de su naturaleza.

  6. La mejor manera de proteger la naturaleza es mediante una educación adecuada desde la infancia, no impidiendo su acceso a ella.

  7. Todos los vehículos a motor son susceptibles de producir daño en la naturaleza.  El que este daño se produzca no depende del tipo de vehículo empleado (moto o coche 4X4) si no del uso que hagamos del mismo. Mi obligación es utilizar mi vehículo motorizado de forma tal que no suponga un daño objetivo al entorno.

En base a los anteriores principios fundamentales EXIJO  de la Administración lo siguiente:

Poder acceder al entorno natural con mi vehículo a motor bajo el entorno de una legislación objetiva y coherente, que permita desarrollar las actividades deportivas y lúdicas a las que se prestan las motocicletas y automóviles todo terreno, con los únicos límites normativos que impongan el sentido común (utilización de vehículos campo a través; de forma irrespetuosa para las personas, el entorno y seres vivos; sin cumplir la legalidad existente sobre homologación de ruidos, gases, etc ) y la  necesaria protección de determinados ecosistemas únicos o especies en peligro de extinción.

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